miércoles, 14 de agosto de 2013

Cumplir con las recomendaciones de la INDDHH para afirmar la institucionalidad democrática



 

En la tarde de hoy, martes 13 de agosto, Crysol realizó una concentración frente a la Torre Ejecutiva, en Plaza Independencia, reclamando se cumpla con la recomendación formulada por la Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (INDDHH) de que se promulgue una nueva ley, antes del 25 de octubre de este año, que subsane las carencias y omisiones de las leyes reparatorias aprobadas durante el gobierno anterior.


A pesar del frío reinante, alrededor de un centenar de expresos políticos se congregaron a las 15 horas y se retiraron, luego de entonar las estrofas del Himno Nacional a las 16 horas.


Juan Carlos Valledor, pronunció un mensaje expresando los puntos de vista de Crysol en la actual coyuntura que reproducimos a continuación.
Crysol Proclama leída en la Plaza Independencia, 13-08-2013 .

Crysol, con Chela Fontora y Baldemar Taroco en la Plaza Independencia . Videos de Resonando cx30 Radio fenix Pablo Marrero


Cumplir con las recomendaciones de la INDDHH

Nos hemos concentrado nuevamente en el día de hoy frente a esta Torre, sede del Poder Ejecutivo, para reiterar, en forma militante y participativa, nuestro reclamo de que el Presidente de la República envíe al Parlamento, a la mayor brevedad, un proyecto de ley destinado a ser promulgado antes del 25 de octubre de este año, que subsane las principales carencias y omisiones de las leyes reparatorias aprobadas hasta el momento, tal como lo recomendó, en el marco de sus legítimas atribuciones, el 6 de diciembre del año pasado, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, (INDDHH).

Lo hacemos, además, porque el envío de una ley de esta naturaleza es una prerrogativa exclusiva del titular del Poder Ejecutivo.

Cumplir con la recomendación formulada por la INDDHH es el camino para hacer justicia con decenas y, tal vez, centenares, de ex presos políticos que no han sido alcanzados por los beneficios de la Ley 18 033 y con centenares de expresos políticos que han debido renunciar a sus legítimos derechos jubilatorios y pensionarios, consagrados en las normas constitucionales, para acogerse a dicha ley.

No le reclamamos al Presidente de la República que modifique sus puntos de vista u opiniones personales si ellos fueran contrarios a lo establecido por la recomendación de la INDDHH y siendo conscientes de su natural incomodidad de tener que propiciar un proyecto de ley que lo involucra personalmente.

Le reclamamos que considere la institucionalidad de DDHH y el pronunciamiento de la INDDHH para no sentar el precedente de que las recomendaciones de la misma pasen a ser “papel pintado” para los órganos, agentes y funcionarios involucrados en sus resoluciones.

La INDDHH es el órgano de la democracia uruguaya con el cometido específico y exclusivo de proteger, defender y promover los derechos humanos de todos los ciudadanos, incluyendo los nuestros, los que nos conciernen por haber sufrido en carne propia graves atropellos violentando las normas internacionales de Derechos Humanos.

INDDHH: proteger y defender las normas de DDHH.

Uruguay fue en su momento, tal como lo denunciara a nivel internacional Wilson Ferreira Aldunate, el país con la mayor cantidad de presos políticos en proporción a su población. La prisión política prolongada y la tortura fueron la metodología represiva deliberadamente seleccionada por la dictadura para gobernar y mantenerse en el poder.

Diez mil ciudadanos fueron sometidos inconstitucionalmente a tribunales militares, cinco mil de ellos fueron formalmente procesados sin pruebas, en base a testimonios incriminatorios propios o de terceros, formulados bajo apremios, tormentos, torturas, físicas y psicológicas, sin garantías de ningún tipo, en procesos absolutamente viciados de nulidad desde una óptica constitucional, democrática y legal.

Baste considerar, al respecto, que la presentación ante los tribunales militares se produjo ante jueces sumariantes en los propios recintos de interrogatorio, luego de 102 días de detención e incomunicación en promedio, aunque en muchos casos los plazos fueron, aún, mayores.

Cuando planteamos nuestros puntos de vista no “trabajamos de víctimas” como afirman quienes niegan o minimizan las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado. Fuimos, y somos, luchadores sociales y políticos, por la libertad, la justicia y la liberación nacional con horizontes socialistas.

Por eso creamos Crysol, por eso militamos en Crysol, por eso Crysol es nuestra organización y levantamos las banderas de Verdad, Justicia, Memoria y Reparación de acuerdo a las directrices de la Resolución 60/147 de la Organización de las Naciones Unidas, para que Nunca Más haya terrorismo de Estado.

La INDDHH fue una gran conquista y un avance de la sociedad.

La creación de la Institución Nacional de DDHH y Defensoría del Pueblo (INDDHH), en el año 2009, fue una gran conquista de la sociedad uruguaya, en cuya gestación, con nuestros esfuerzos, participamos activamente. Se modernizó positivamente la institucionalidad democrática y se profundizó la democracia reconquistada con la resistencia y la lucha de los trabajadores y del pueblo uruguayo.

Las instituciones nacionales de DDHH son escudos para los débiles, para los ciudadanos más vulnerables y más desprotegidos de las sociedades. Los banqueros, los grandes industriales y terratenientes, los dueños de los medios de comunicación, las transnacionales, tienen los recursos, los medios, para proteger y defender sus intereses, sin tener que recurrir a órganos como la INDDHH.

El capitalismo ya ha demostrado que no es alternativa para el futuro de la humanidad. El régimen que lo sustituya se asentará en la plena vigencia de los principios democráticos, de la libertad, en su profundización, desarrollo y extensión. Las normas de derechos humanos son y serán el pilar básico y esencial de dicha sociedad.

El fortalecimiento, desarrollo y potenciación de la INDDHH es imprescindible para afirmar y profundizar la democracia uruguaya, para afirmar la libertad y los derechos de los ciudadanos frente al gobierno, los poderes y la burocracia estatal. Es muy veleidosa la probidad de los hombres. Los 200 años de historia de nuestro país lo han demostrado.

Por lo mismo, convocamos a todas las organizaciones de la sociedad civil, a los gremios y sindicatos, al sistema político todo, a trabajar para que la INDDHH sea respetada por todos los órganos del Estado y a bregar por generar una auténtica cultura de acatamiento a sus disposiciones.

Las resoluciones de la INDDHH y su consideración por parte del Estado uruguayo, aunque se denominen “recomendaciones” aún sin carácter jurídico vinculante, si lo tienen desde el punto de vista político y moral. Por lo menos para quienes estamos convencidos de que las normas de derechos humanos son la base indispensable de una convivencia democrática, pacífica, civilizada, humana y justa.


La pretensión punitiva del Estado fue restablecida

Los sostenedores de la impunidad, con los grandes medios de comunicación a su servicio, han extendido la versión a nivel de la sociedad, para confundir a la opinión pública, para que no se movilice y entre otras cosas para presionar a los jueces, fiscales y operadores judiciales, de que la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional lo que denominan “ley interpretativa” de la Ley de Caducidad.

La ley 18 831 no es una ley “interpretativa” de la ley de caducidad. La ley 18 831 restableció plenamente la pretensión punitiva del Estado para todas las graves violaciones a los derechos humanos en concordancia con lo establecido por la Corte Interamericana de DDHH en la Sentencia Gelman vs. Uruguay de febrero de 2011.

La ley de caducidad, la maldita ley de impunidad que estuvo vigente durante dos décadas, ya no es un obstáculo legal para que el Estado investigue, esclarezca y sancione todas las graves violaciones a los derechos humanos para impedir que ellas vuelvan a repetirse.

El fallo de la Corte IDH en el caso Gelman vs. Uruguay declaró la nulidad fáctica de la Ley 15 848 y el apartado 254 mandató al Estado uruguayo a que no haya obstáculos para la investigación y sanción de los responsables de las graves violaciones a los DDHH y que, ninguna otra norma análoga a ella, como prescripción, irretroactividad de la ley penal, cosa juzgada, ne bis in idem o cualquier otro excluyente similar de responsabilidad sean considerados al diligenciar las causas.

Ya sea que se las considere crímenes de Lesa Humanidad, que lo son, o no, las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado no han prescripto.

Las graves violaciones a los DDHH no prescribieron

El instituto de la prescripción de los delitos, por el transcurso del tiempo supone el pleno Estado de derecho, el funcionamiento de los órganos constitucionales y la plena vigencia de las garantías legales de un sistema democrático. Si estas condiciones no se dan, si los poderes del Estado no pueden actuar libremente y si los ciudadanos no pueden ejercer sus derechos, ya sea porque ponen en riesgo su propia integridad física o su libertad o porque existen impedimentos legales para hacerlo, el plazo prescripcional de los delitos no se aplica por el mero transcurrir del tiempo.

El tiempo en que estuvo vigente la Ley de Caducidad no se puede computar a los efectos del plazo de prescripción. Las desapariciones forzadas, los crímenes, asesinatos, las torturas, pueden y deben, ser investigadas, esclarecidas y sancionadas como corresponde.

Es obligación del poder judicial que ello se realice, ya que ese es el cometido constitucional, por el cual cobran sus sueldos y beneficios. No queremos que los miembros de la Suprema Corte de Justicia sean los principales “ñoquis” del Estado: cobran sin trabajar, sin cumplir con sus funciones básicas de impartir justicia hacia el pasado reciente.

Solidaridad y respaldo a los indagados por los sucesos del 15 de febrero.

Expresamos nuestra total solidaridad y nuestro respaldo a todos los ciudadanos que están siendo indagados judicialmente por los incidentes ocurridos en la sede de la Suprema Corte de Justicia en el mes de febrero, por negarse a salir de un acto público en base a métodos prepotentes y autoritarios, al concurrir a respaldar a la Dra. Mariana Mota y expresar su rechazo a una decisión de la Suprema Corte que ha sido condenada y repudiada, incluso a nivel internacional.

La investigación judicial acerca de los sucesos del 15 de febrero debe ser archivada sin más trámite y el poder judicial debe abocarse a perseguir a los criminales seriales que aún están en libertad y que son una verdadera afrenta a la libertad, a la democracia y los derechos humanos.

Crysol se presentó ante el Consejo de DDHH de la ONU.

En enero del año próximo, Uruguay será sometido al Examen Periódico Universal por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. Crysol ya se ha presentado formalmente ante dicho órgano internacional reclamando que el Estado cumpla con la recomendación de la INDDHH con respecto a las leyes reparatorias en un pronunciamiento claro y explícito.

Más tarde o más temprano, el Poder Ejecutivo tendrá que enviar al Parlamento un proyecto de ley al respecto. Aspiramos a que lo haga a la brevedad, para que sea promulgado antes del 25 de octubre de este año, puesto que se mantiene una situación injusta, para un colectivo cuyo promedio de edad es de 69 años.

Es lo que le reclamos al Presidente de la República y, también, al partido de gobierno que tiene las mayorías parlamentarias para concretarlo.

¡Viva la unidad de todas y de todos los expresos políticos!

Cumplir con la recomendación de la INDDHH ya!

Una ley sin exclusiones, con plenos derechos jubilatorios y pensionarios para todas y todos!





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